RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1322-2025-MP-FN.-
Precisan que los casos por los delitos de lesiones y agresiones contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, previstos en los artículos 121-B, 122 y 122-B, en concordancia con el artículo 124-B del Código Penal, serán de conocimiento de las fiscalías que correspondan en atención a su competencia material y territorial, y dictan otras disposiciones.