RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000417-2024-CE-PJ.-
Establecen que en los casos de discordia, impedimento, licencias, vacaciones o cualquier otra situación análoga que amerite la ausencia de uno de los jueces superiores de las Salas Transitorias Especializadas en Extinción de Dominio con sede en Lima, Arequipa y La Libertad, se llamará al juez superior menos antiguo de las salas de la especialidad más cercana geográficamente; y dictan otras disposiciones.