Resolución Administrativa Nº 000287-2022-CE-PJ.-
Disponen que la digitalización de expedientes establecida en la Res. Adm. N° 000135-2020-CE-PJ, solo se efectuará a los expedientes que contienen recursos de casación que son elevados a las Salas Especializadas de la Corte Suprema, y no comprende a los recursos de apelación que son remitidos de los Juzgados Especializados o Mixtos a las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia.