Resolución Administrativa Nº 000312-2021-P-CSJLI-PJ (11.SET.2021). Precisan disposición contenida en la Res. Adm. N° 000195-2021-P-CSJLIPJ, integrada mediante Res. Adm. N° 000197-2021-P-CSJLI-PJ, en el sentido que constituyen también pedidos urgentes los requerimientos de prueba anticipada con detenido o que tengan carácter inaplazable, los mismos que serán atendidos en el turno bajo modalidad especial por los Juzgados de Investigación Preparatoria
5 views011 septiembre 2021Actiualizado el 3 January 2023soporte