Resolución Jefatural Nº 001-004-00004556 (28.Feb.2021). Establecen, a partir del 1 de setiembre de 2021, la obligatoriedad del uso de la Agencia Virtual del SAT, para la presentación de la declaración jurada del Impuesto al Patrimonio Vehicular e Impuesto Predial; así como para la liquidación de pago del Impuesto de Alcabala, que puede efectuarse también a través del Módulo de Notario-SAT en notarías afiliadas
8 views028 febrero 2021Actiualizado el 3 January 2023soporte